La Constitución y la Ley de Enjuiciamiento Criminal dicen expresamente que no podrán seguirse causas generales contra ninguna persona, sea cual sea su circunstancia. Una “causa General” sería aquella que se inicia sin unos hechos punibles determinados y con el expreso propósito de investigar la vida y hacienda de un individuo.
La noticia que leímos el otro día sobre ese individuo que pasó 27 años en una prisión de Inglaterra por un delito de violación que ahora se ha demostró que no había cometido, debería remover nuestras acomodaticias conciencias
La Audiencia Nacional, además de alguno de esos jueces estrella que van con algunas de sus resoluciones estrellando la justicia día a día, es algo más. Es un conjunto de jueces y magistrados que hacen posible que los delitos más graves no queden impunes.
Según lo que ha afirmado el Auto del Tribunal Supremo, cuyo texto completo se puede leer en la edición pdf de nuestro diario, la ocultación de los 160.000 $ no tiene ni trascendencia penal ni fiscal, ya que, al parecer, sí los declaro a efectos tributarios.
Como ya se celebraron las elecciones y no había nada más que rascar, ese tremendo escándalo que se armó con imputaciones de personas muy importantes del PP se ha quedado en nada, o casi nada. ¿Y ahora qué hacemos?, debió de cavilar el juez Garzón después de leer el informe del fiscal en el que [...]